SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2018-S4
Fecha: 14-May-2018
III.3. Análisis del caso concreto
La parte impetrante de la tutela denuncia la vulneración de sus derechos a la salud, a la libertad y a la vida, alegando que la autoridad demandada dispuso la cesación a su detención preventiva y en cambio se proceda a la detención domiciliaria previo cumplimiento de las condiciones impuestas; desarrolladas en el acápite II.3., del presente fallo constitucional; sin embargo, pese a su cumplimiento, con observaciones fuera de lugar se retrasó la efectivización de la detención domiciliaria dispuesta.
De antecedentes, se tiene que, en el Auto Interlocutorio 458/2017, efectivamente la autoridad demandada dispuso la modificación de la detención preventiva por la domiciliaria, a cuyo efecto por secretaría debía expedirse el mandamiento correspondiente. Esta decisión fue asumida en mérito a que la medida cautelar no debe ser tomada como una sentencia anticipada, pues bajo el principio de variabilidad de ésta y considerando que las medidas cautelares de carácter personal no causan estado y aun así de oficio, en caso de existir nuevos elementos de convicción, puede disponerse una medida menos gravosa; consiguientemente, al estar acreditado el embarazo de la imputada, correspondía también resguardar el interés superior del gestante, que se encuentra protegido por el Código Niña, Niño y Adolescente.
- acción de libertad
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- dispuso que en la fecha se constituyan a sus domicilios para su verificación
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los trámites de cesación a la detención preventiva
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- siendo solventes se ordenó la verificación domiciliaria,
- 'que toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho…
- CONFIRMAR