SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2018-S4
Fecha: 14-May-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, solicitó ante el Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de La Paz, la cesación a la detención preventiva, quien por Resolución 29/2017 de 19 de octubre, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas en su favor, entre ellas su arraigo y una fianza económica de Bs15 000.- (quince mil bolivianos), los cuales fueron cumplidas por su persona, requiriendo al Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del citado departamento, en suplencia legal de su similar Quinto (por vacación judicial), se le extienda el certificado de depósito y la orden de arraigo, a cuya petición el referido Tribunal, con excesivo ritualismo, ordenó que este extremo sea solicitado a través de un memorial, mismo que fue presentado el 19 de diciembre de 2017, y obteniendo la entrega de dichos documentos labrados recién el 22 de igual mes y año.
Posteriormente, solicitó a este último Tribunal, se libre el correspondiente mandamiento de libertad, el mismo que mediante decreto observó el depósito judicial, en sentido de que no fue el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, quien emitió la Resolución 29/2017, sino su similar Quinto de igual departamento, y que subsanado aquello se procederá conforme a derecho; situación que generó agravio contra su derecho a la libertad, ya que pese a todos los obstáculos y excesivas formalidades, se cumplió a cabalidad con lo dispuesto por dicha Resolución; empero, encontrándose a puertas de que concluya la vacación judicial, no se dispuso su libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- Para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos, se ha previsto una acción de defensa específica que coadyuve para que los mismos no se vean afectados por actos lesivos y en caso de que así fuera, se puedan restituir a su estado natural, en especial tratándose de derechos fundamentales.
- de esta forma debe existir una flexibilización en la acción de libertad en el marco del principio de informalismo, así garantizando un amplio abanico de protección eficaz al derecho de libertad
- la acción referida se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión, pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, es posible conceder la tutela, si se verificase lesión al derecho a la libertad personal
- III.3. Análisis del caso concreto
- pero de la misma institución, rango, jerarquía e idénticas atribuciones
- REVOCAR