SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2018-S3

Fecha: 22-May-2018

3)

3)  “…Es evidente que a fin de que se conforme la institucionalidad del Órgano Judicial bajo el diseño de la Constitución, se determinó la transitoriedad de las autoridades judiciales, incluso del personal de apoyo, empero en la actualidad nos encontramos a más de 8 años de la promulgación del texto constitucional, por lo que lo transitorio, temporal, momentáneo o breve, sin duda dejo de tener sentido y vigencia, esta transitoriedad no resiste una interpretación sistemática de la Constitución, porque destruye el propio marco constitucional que tiende a asegurar la carrera judicial, la inamovilidad y estabilidad de los jueces, todo criterio en contra, coloca en zozobra la función judicial y la seguridad jurídica que es uno de los principios esenciales de la administración de justicia…” (sic).