SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2018-S3
Fecha: 21-May-2018
Fragmento 2
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, se programó audiencia a la cesación de detención preventiva para el 22 de diciembre del 2017, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; por tal motivo, solicitó a los Vocales demandados -de turno- con domicilio procesal en el edificio del Anexo “A” piso noveno de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, se declare en comisión y se realice el trámite de viáticos, compra de pasajes, como se realiza cada quince días ordinariamente para el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz que conoce la causa. Asimismo, refiere que se cumplió con los trámites, notificaciones y exhortos suplicatorios que señala el Código de Procedimiento Penal ante el Ministerio de Gobierno y el Ministerio Público, realizando así todas las formalidades.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR