Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2018-S3
Fecha: 16-May-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 021/2017 de 15 de diciembre, cursante de fs. 165 a 168, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Sergio Dávila Reyes y Carlos Xavier de Grandchant Salazar en representación sin mandato de Daniel Fernando Arce Sporn contra Henry Espíndola Cardozo, Daniel Walter Ticona Baptista y Gonzalo Plaza Corico, Fiscales de Materia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- la declaración del imputado
- constituyéndose un derecho y garantía la declaración del imputado, el hecho de que se le niegue o se le señale día y hora para el efecto, no se encuentra vinculado directamente con la libertad, pues dicho actuado procesal como se dijo, no amenaza ningún derecho del imputado, más aún si se encuentra gozando de ese derecho primario y fundamental previsto por el art. 23.I de la CPE
- III.3.1. Otras consideraciones
- REVOCAR