DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2018
Fecha: 18-Jun-2018
compatibilidad
En consecuencia, dicho artículo al hacer referencia que: “Los Idiomas de Uso oficial del Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura son: castellano, tacana, esse ejja, quechua, aymara” fue adecuado sin contravenir el art. 5.II de la Norma Suprema y cumple con el marco de las previsiones y observaciones de la DCP 0064/2017. Por lo que corresponde declarar la compatibilidad del art. 9 del proyecto de COM.
En ese contexto, de la revisión del proyecto adecuado, se advierte que el mismo guarda armonía con lo dispuesto en los arts. 71 y 72 de la CPE y no contraviene las previsiones y observaciones de la DCP 0064/2017, por lo que corresponde declarar la compatibilidad del art. 99.II del proyecto de COM de San Buenaventura.
En ese sentido, el texto ahora propuesto por el estatuyente fue adecuado sin contravenir la Ley Fundamental, porque se demuestra de manera clara y precisa que cada órgano de gobierno puede emitir normas internas para el cumplimiento de sus respectivas facultades y atribuciones, garantizando de esta forma la seguridad jurídica enunciada por la Constitución Política del Estado (art. 9.2, 283 y 410 entre otros), por esta razón, estando en el marco de las previsiones y obsérvaciones de la DCP 0064/2017, corresponde declarar la compatibilidad del art. 144 del proyecto de COM de San Buenaventura.
- I.1 Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- y comunitaria
- Fragmento 8
- Control previo de constitucionalidad
- Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano
- compatibilidad
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- Fragmento 13
- “personas con capacidades diferentes”
- 87