SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2018-S2
Fecha: 12-Jun-2018
legalidad y celeridad
Dicho esto y respecto a la problemática bajo análisis, se advierte que no existe ningún fundamento legal válido, para que el Fiscal asignado haya negado la realización de la verificación domiciliaria impetrada en distintas oportunidades por el ahora accionante; más aún, si la norma adjetiva penal, establece que las partes pueden proponer actos o diligencias en cualquier momento de la investigación, y que la Ley Orgánica del Ministerio Publico determina que las y los Fiscales están obligados en cumplimiento de sus funciones, de realizar los actos procesales de manera pronta y oportuna en cumplimiento de los principios de legalidad y celeridad que rigen la actividad investigativa del Ministerio Publico y que están reconocidos constitucionalmente por el art. 225.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- legalidad y celeridad
- para procesos penales imprescindible requerimiento fiscal