SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2018-S3

Fecha: 18-Jun-2018

III.2.  La acción de libertad preventiva en casos de persecución ilegal o            indebida

El precedente jurisprudencial contenido en la SCP 0534/2012 de 9 de julio,  estableció en sus Fundamento Jurídicos: [Los arts. 125 de la CPE y 66 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), tal como se ha referido en el fundamento anterior ha establecido cuales son las causales de procedencia de la acción de libertad, para la protección del derecho a la libertad física, señalando la privación ilegal o indebida de la libertad física, la persecución ilegal e indebida y el procesamiento ilegal o indebido.

Corresponde en el presente caso aludir a la persecución ilegal e indebida; a este efecto es necesario previamente referir que la doctrina ha establecido partiendo del concepto de persecución legal, el mismo que el Diccionario Enciclopédico Usual (1981: TV-219) persecución es, «seguimiento del que huye, con idea de alcanzarlo, detenerlo, capturarlo (…) es una reclamación juridicial..», se puede afirmar que la persecución ilegal o indebida es la acción de seguimiento, búsqueda u hostigamiento de una persona que hace una autoridad pública o funcionario judicial sin que exista un motivo o razón legal.