Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2018-S2
Fecha: 25-Jun-2018
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada y se ordene a la autoridad demandada “…RESTABLEZCAN LAS FORMALIDADES LEGALES, REPARACIÓN DE LOS EFECTOS LEGALES Y EN USO DE SUS COMPETENCIAS PROCEDA A SEÑALAR DÍA Y HORA DE AUDIENCIA PARA CONSIDERACIÓN DEL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, PREVIO PROCEDIMIENTO DE RIGOR EN LA VÍA INCIDENTAL”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento indebido
- Un entendimiento contrario, determinaría que los jueces y tribunales de hábeas corpus, y el propio Tribunal Constitucional, asuman una atribución que el orden constitucional no les otorga, posibilitando que toda reclamación por supuestas lesiones al debido proceso por quien se encuentre privado de libertad, prospere a través del recurso de hábeas corpus
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- 2°