SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2018-S4
Fecha: 27-Jun-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte impetrante de tutela ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos señaló que, en reiteradas oportunidades solicitó al Juez ahora demandado, se proceda a su expulsión, ya que conforme establece la SC 1369/2003 de 23 de septiembre, y el principio de favorabilidad se permite la aplicación ultractiva de aquélla norma que resulte más favorable al condenado aun cuando la misma esté derogada, en cuyo contexto, dicha autoridad judicial, no explicó por qué no dio cumplimiento a la citada Sentencia Constitucional; asimismo, la SC 1530/2003 de 28 de octubre en lo referente al fin de beneficio de libertad bajo el sistema de extramuro que se encuentra en la normativa anterior como en la vigente “…y no hace inviable de otro beneficio…” (sic) cuando la pena pasa de más de quince años, en su caso, no tiene una sentencia superior a los diez años.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La interpretación de la legalidad ordinaria. Presupuestos mínimos para su revisión.
- De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma.
- Fragmento 15
- III.3. Marco normativo relativo a la expulsión de extranjeros del Estado Plurinacional de Bolivia
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- PARA QUE HAGA CUMPLIR LA PRESENTE SENTENCIA, TODO DE ACUERDO AL ART. 430 DEL PDTO. PENAL
- CONFIRMAR