Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2018-S3
Fecha: 01-Jun-2018
Fragmento 8
En el mismo sentido la misma sentencia refiere sobre la cesación de detención preventiva: “Una de las medidas cautelares establecidas en el ordenamiento jurídico destinadas a asegurar la averiguación de la verdad de los hechos, es la detención preventiva, misma que, conforme ha reiterado la jurisprudencia constitucional, se constituye en una medida cautelar que si bien involucra la privación temporal del derecho a la libertad, no tiene por finalidad la condena prematura del imputado; en este sentido, se encuentra sometida a reglas específicas que determinan los requisitos para su imposición y del mismo modo, las formas en que esta medida puede ser suspendida o modificada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad y su relación con el principio de celeridad y los principios ético-morales que rigen la actividad procesal
- Fragmento 8
- III.3. De la solicitud de cesación a la detención preventiva y el señalamiento de audiencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR