SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2018-S4

Fecha: 03-Jun-2018

concedió

La Jueza Pública de Familia Décima Primera del departamento de Santa Cruz, constituido en Jueza de garantías, mediante Resolución 3 de 20 de junio de 2018, cursante de fs. 334 a 339 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 03/2018 y Auto de Vista de 9 de febrero de 2018, emitidos por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, ordenó a las autoridades demandadas admitir la demanda y luego del trámite de ley, resuelvan conforme corresponda; Resolución que se basó en los siguientes fundamentos: 1) Existe una relación contractual entre la accionante y la entidad constituida en tercero interesado, el cual constituye una verdad material que no fue resuelta por los Tribunales de la justicia ordinaria; 2) Corresponde atender favorable o desfavorablemente respeto a la pretensión de la accionante y no limitarse a evadir una responsabilidad jurisdiccional que es inherente al Estado, pues lo contrario implicaría una denegación de justicia en clara afectación del art. 115 de la CPE; y, 3) Mas allá de la proponibilidad objetiva y subjetiva de la demanda, se observa que el objeto de la pretensión del accionante es el cobro de una deuda en base a un documentos cuya validez no fue observada, por lo que resulta necesario dar una respuesta a una petición realizada a una instancia judicial y no dejar en desamparo el derecho de la accionante que cree tenerla.