Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2018-S4
Fecha: 17-Jul-2018
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público en audiencia manifestó: que, conforme al informe de las autoridades demandadas se llevó adelante una audiencia de medidas cautelares, teniendo conocimiento el hoy accionante del proceso penal en su contra en el cual es declarado rebelde, por el hecho de no asistir a varias audiencias ni purgar la rebeldía cuando era de su conocimiento y el Tribunal solo cumplió con el procedimiento al emitir el mandamiento de aprehensión; al existir un informe de una autoridad policial se emitió el mandamiento de allanamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y la aplicación del principio de subsidiariedad
- empero, ambos con el fin de precautelar el bienestar común de la población, teniendo como requisito para plantearse la acción de libertad el cumplimiento del principio de subsidiariedad, lo que implica que, previamente a la acción constitucional deben agotarse previamente todas las vías ordinarias a disposición de la parte que se considere afectada en sus derechos a raíz de alguna resolución judicial
- III.2.
- CONFIRMAR