Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2018-S1
Fecha: 26-Jul-2018
II.2.
II.2. De igual forma, cursa Contrato de Trabajo a Plazo fijo, suscrito por Manfredo Menacho Aguilar, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas, Sociales y Relaciones Internacionales de la UAGRM, el Jefe Administrativo Financiero a.i. y el Asesor Legal (no constan nombres) todos de la referida universidad; y la accionante, para desempeñar el cargo de Auxiliar II de la Dirección de la Carrera de Derecho, con un sueldo de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) con vigencia desde el 1 de febrero de 2016 al 9 de diciembre del mismo año (fs. 24).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la normativa aplicable al trabajador, según esté protegido por la Ley General del Trabajo o el Estatuto del Funcionario Público
- i)
- III.2. De los aspectos a considerar en una conminatoria de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte