SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2018-S3

Fecha: 30-Jul-2018

Fragmento 3

En tal sentido, por “Auto Interlocutorio” -siendo lo correcto Sentencia Definitiva- de 26 de enero de 2017, la Jueza de la causa rechazó la excepción de novación y declaró probada la de prescripción de intereses, por lo que uno de los demandados interpuso recurso de apelación, mereciendo el Auto de Vista SC1°-AV-115/2017 de 23 de junio, por el que, Adolfo Nilo Velasco Albornoz y María Cristina Diaz Sosa, ex Vocales de la Sala Mixta Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declararon probada la excepción de novación y en consecuencia improbada la demanda ejecutiva interpuesta por su persona determinando la inexistencia de deudas pendientes por novación, sin contener la suficiente motivación.