SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la celeridad, y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita y sin dilaciones por la persecución ilegal y el procesamiento indebido a los que se le habría sometido, poniendo en riesgo su libertad; alegando que conforme consta del Sistema Judicial Boliviano, no fue denunciado o querellado en la causa penal seguida por el Ministerio Público contra Freddy Carlos Díaz Estrada y Evelyn Mendoza, cursando incluso informe de 27 de mayo de 2013, por el que la Secretaria Abogada del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz certificó que no es coimputado o acusador particular. No obstante lo referido, resalta que por Auto de 5 de marzo de 2008, se declaró la rebeldía, lo que conllevó a que en Informes de Antecedentes Penales de 14 de octubre de 2010 y de               20 de noviembre de 2017, se registre tener dicho Auto en su contra, dentro de la causa penal por estafa antes descrita; razones por las que se formularon reiteradas solicitudes al Juez demandado como Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Primero, a fin de lograr se deje sin efecto la declaratoria de rebeldía, y se disponga la cancelación de los antecedentes penales expedidos en su contra; incurriendo el demandado en una serie de exigencias y dilaciones que provocaron que hasta el momento de la presentación de su acción de libertad, persista el registro anotado en desmedro de sus derechos fundamentales; tomando en cuenta, entre otros, que al ser su representado militar, requiere del certificado pertinente del REJAP para ascender de grado.