SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
II.2.
II.2. Patricio Vito Mendoza Huaylla, Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni del departamento de Potosí, mediante CITE: OF. G.A.M.U. 151/2017 de 17 de marzo, puso en conocimiento del Concejo de Autoridades Originarias de Aransaya y Urinsaya de Tolapampa, sobre la necesidad y los trámites que viene efectuando sobre la expansión del radio urbano de la ciudad de Uyuni, en una dimensión de dos mil metros a los cuatro puntos cardinales (fs. 9 a 10); dicha nota, fue respondida por nota de 4 de abril de 2017, señalando que no aceptan la ampliación propuesta de dos mil metros, al radio urbano de la citada ciudad y solicitaron “se suspenda cualquier trámite de homologación del Radio Urbano ante el ex Ministerio de Autonomías que vaya más allá de lo establecido en el saneamiento del INRA” (sic) (fs. 11 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Plan actual de crecimiento o de urbanización dentro del Radio Urbano vigente..’ y además el `Plan de Proyección de crecimiento de la posible ampliación expansión de Radio Urbano..
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO