AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2018-RCA
Fecha: 01-Ago-2018
a)
Solicitan se conceda la tutela y en consecuencia se disponga que: a) Las “…determinaciones de la Resolución 04/2018 hagan uso…” (sic) de mecanismos de cooperación solicitando la intervención de la Policía de Apolo, para que se detenga en celdas a David Ernesto Condori Kea, hasta que cumpla con lo dispuesto en dicha Resolución, en el plazo de veinticuatro horas y bajo alternativa de ser multados con Bs20 000.- (veinte mil bolivianos); b) El demandado cancele costas judiciales; y, c) Previa consulta a las autoridades de la jurisdicción indígena originario campesina sobre la inhibitoria de su competencia para que se inicie un proceso penal ante el Ministerio Público de Apolo contra el nombrado y los que colaboren con él, por los delitos de avasallamiento, daño calificado, amenazas y desobediencia a resoluciones en acciones de defensa en caso de incumplir las determinaciones de la nombrada Resolución 04/2018.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- no dar curso
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- Fragmento 8
- II.2. Análisis del caso concreto
- o de notificada la última decisión