Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2018
Fecha: 29-Ago-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
De acuerdo a la problemática planteada, la Autoridad IOC, encargada de la Comisión de Tierras de la comunidad indígena originaria de “Chinchaya”, perteneciente a la provincia Murillo del departamento de La Paz, promueve el presente conflicto de competencias jurisdiccionales con la Jueza de Instrucción Penal Tercera del mismo departamento, dentro del proceso penal instaurado por Juan Durán Troncoso y María del Carmen Calvo Revollo, por la presunta comisión del delito de avasallamiento, solicitando a esta última autoridad apartarse del conocimiento de la causa y remita todos los antecedentes al Consejo Nacional de Marcas y Ayllus del Kollasuyo Kapac-Omasuyo.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de la Autoridad Indígena Originaria Campesina
- a)
- I.3. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El Pluralismo Jurídico y el conflicto de competencias jurisdiccionales
- III.2. La necesaria concurrencia de los ámbitos de vigencia personal, material y territorial para dirimir la controversia competencial en favor de la jurisdicción IOC
- III.3. Análisis del caso concreto
- quien no forma parte de la comunidad indígena originaria de Chinchaya Bajo”, toda vez que, según se tiene de su documento de identidad y del memorial de apersonamiento expresado en la Conclusión 11.2 del presente fallo, la misma tiene domicilio real en la Av. del Bicentenario N° 1138 de la ciudad de La Paz
- COMPETENTE