SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2018-S1

Fecha: 03-Ago-2018

acción de libertad

En revisión la Resolución 212/2017 de 1 de octubre, cursante de fs. 92 a 95, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jorge Tapia Cortez, Jorge Valdivia Endara y Raúl Ferreira Gonzales en representación sin mandato de José Omonte Rossi, José Omonte Romero e Isabel Omonte Romero contra Virginia Regina Santa Cruz Silva, Jueza de Instrucción Penal Novena del departamento de La Paz y Esther Guadalupe Dávila Cáceres, Fiscal de Materia.

Han sido víctimas de una injusta persecución penal, situación que determinó que José Omonte Romero, que padece una dolencia cardiaca que pone en riesgo su vida dada su avanzada edad, e Isabel Omonte Romero, se apersonen ante el Ministerio Público en previsión del art. 223 del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, jamás obtuvieron respuesta de la Fiscal de Materia demandada, quien obviando dicho apersonamiento, dictó resoluciones de aprehensión sin fundamento vulnerando su derecho a la libertad, y la Jueza demandada no ejerció control jurisdiccional de oficio ni a petición de parte sobre el particular.

Con relación a José Omonte Rossi, que se benefició con la medida sustitutiva consistente de detención domiciliaria, dicha medida fue dolosamente obstaculizada por la representante del Ministerio Público demandada, dado que pese a conocer la indicada resolución judicial, determinó precintar el domicilio donde se iba a cumplir la decisión de la Jueza de Instrucción Penal Novena del departamento de La Paz, autoridad jurisdiccional que consintió los actos de la Fiscal de Materia, pues “devolvió A JOSÉ OMONTE ROSSI, A CELDAS JUDICIALES EN ‘CALIDAD DE DEPÓSITO’”(sic), pese a la inexistencia de dicha figura jurídica.