SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2018-S3

Fecha: 14-Ago-2018

Fragmento 14

En igual sentido, la SCP 0592/2016-S2 de 30 de mayo, sostiene: No obstante lo anterior, partiendo de la naturaleza del derecho a la vida, la jurisprudencia constitucional ha precisado que, independientemente de la acción de libertad, la acción de amparo constitucional, pese a sus formalidades, sigue siendo la vía idónea para la protección del derecho a la vida, por lo que: ‘…será la parte accionante la que, tratándose del derecho a la vida, asuma la decisión de formular una acción de libertad o de amparo constitucional; empero, también debe dejarse establecido que, es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción’ (SCP 1278/2013 de 2 de agosto).