Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
II.2.
II.2. Mediante Certificado Médico Forense, emitido el 4 de abril de 2014, por Jenny Fabiola Jaimes Bruno, Médico Forense del Instituto De Investigaciones Forenses (IDIF) de Santa Cruz, al haber realizado el examen correspondiente y las certificaciones médicas de especialidad que acompaña; concluyó que el peticionante de tutela debe continuar con tratamiento médico en el hospital de tercer nivel y ser valorado por médico neurólogo y cardiólogo (fs. 294).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. El derecho a la vida y la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Vocal demandada
- Fiscal de Materia codemandada
- 2°