SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2018-S2

Fecha: 03-Ago-2018

II.4.

II.4.    Mediante Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/212/2017 de 1 de noviembre, la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, determinó intimar a la empresa SINOHYDRO CORPORATION LIMITED SUCURSAL BOLIVIA a reincorporar a Fabio Álvaro Caero Aguayo, al último cargo que venía desempeñando, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales que le correspondan, de igual forma prohibió toda clase de acoso laboral y discriminación en su contra; decisión motivada por el contrato verbal de trabajo, mismo que se considera indefinido, debido al reconocimiento en audiencia de la relación laboral por parte de la Empresa a través de su representante legal Mauricio Mario Rodríguez Zambrana, según Testimonio Poder 0259/2016 de 10 de marzo, el despido intempestivo e injustificado del trabajador; decisión fundamentada por los arts. 46. I; 48.II; y 49.III de la CPE, los Decretos Supremos (DDSS) 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010 y la Resolución Ministerial (RM) “383/62 de 13 de junio de 1962” (fs. 13 a 14).