Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2018-S3
Fecha: 28-Ago-2018
II.3.
II.3. A través de la Resolución Administrativa JDTSC/CONM 079/2016 de 19 de septiembre, la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, conminó a la empresa “Arabe Cuellar Asesores S.R.L.”, a la inmediata reincorporación del solicitante de tutela a su fuente laboral, con la reposición de sueldos devengados desde el despido injustificado, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley (fs. 63 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3.Resolución
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- ante un eventual retiro intempestivo
- la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación
- conminatoria:
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR