SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB desde el año 2013, le sigue una serie de procesos administrativos por omisión de pago en más de dieciocho trámites de importación de maquinaria que realiza desde los Estados Unidos de Norteamérica, efectuó trece Declaraciones Únicas de Importación (DUI) que son objeto de fiscalización y para tener acceso a su mercadería debe presentar boletas de garantía por el monto supuestamente adeudado; que dejó de pagar porque alcanzan a sumas muy elevadas, que no tienen nada que ver con lo cancelado al tiempo de la subasta; para este cobro la institución mencionada usa de referencia precios de maquinarias nuevas, sin tomar en cuenta que las adquiridas son usadas, producto de subastas y remates, no así de firmas establecidas; por lo que no se respetó los documentos que emitieron los subastadores, sin verificar la correspondencia de la aplicación del valor de transacción y tampoco se valoró de manera correcta la documentación que respalda dicha mercancía.
Ante estos hechos, interpuso recursos de alzada y jerárquico, ante la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) y la Autoridad General de Impugnación Tributaria, los cuales siempre consiguen la anulación de las Resoluciones Determinativas dictadas por la Gerencia Regional citada, no obstante de ello estas decisiones para corregir el procedimiento, volvieron a repetir los mismos argumentos señalados en las primeras Resoluciones Determinativas que fueron objeto de anulación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3.Resolución
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado’
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa,
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR