SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2018-S3

Fecha: 29-Ago-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 08/18 de 9 de mayo de 2018, cursante de fs. 47 a 51 vta., denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: a) El art. 226 del CPP, señala que la persona aprehendida será puesta a disposición del Juez de control jurisdiccional en el plazo de veinticuatro horas, para que se resuelva dentro de ese término sobre la aplicación de alguna medida cautelar prevista o se decrete su libertad por falta de indicios, “…así también como el Art. 200 o 303 del Código de Procedimiento Penal, respecto a la detención en cede policial…” (sic), no existió vulneración ni incumplimiento a los periodos establecidos en el adjetivo penal; y, b) En virtud al principio de subsidiariedad referido en la SCP “230/2017-S3”, se determinó que la procedencia de la acción de libertad se encuentra supeditada al agotamiento de las vías intraprocesales, en el caso concreto correspondería al “Juez de Instrucción Cautelar” conocer y resolver los aspectos que motivan la presente acción tutelar; máxime, considerando que la defensa de la imputada -accionante- ya acudió a dicha autoridad jurisdiccional habiendo realizado las solicitudes respectivas, aspecto que impide ingresar a considerar la problemática expuesta.