SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2018-S3

Fecha: 29-Ago-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La impetrante de tutela a través de su representante, ratificó el contenido íntegro de su acción de defensa y ampliándola manifestó que: El 20 de abril de 2018, se presentó voluntariamente al Ministerio Público a objeto de prestar su declaración informativa, misma que no fue atendida favorablemente, se limitaron a disponer que se cumpla previamente con el art. 223 del CPP, motivo por el que solicitó a la autoridad de control jurisdiccional que conmine al Ministerio Público a recibir su declaración informativa; y por ende deje sin efecto el mandamiento de aprehensión. Mediante decreto de 23 del citado mes y año la autoridad judicial estableció que el Fiscal de Materia informe sobre los extremos denunciados, determinación que fue notificada a la autoridad demandada el 27 de igual mes y año; instancia que no emitió ningún requerimiento hasta el 7 de mayo del referido año, vulnerando el derecho al debido proceso y a la defensa contenidos en los arts. 115 y 180.I. de la CPE, ya que conforme a procedimiento tenía el plazo de veinticuatro horas para informar el inicio de investigación a la autoridad de control de garantías.

El Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz en una acción de libertad interpuesta anteriormente concedió la tutela, resolvió que el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segunda de El Alto del mencionado departamento ordene su libertad.