PLURINACIONAL 0553/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0553/2018-S1

Fecha: 20-Sep-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por el presunto delito de prevaricato previsto y sancionado por el art. 173 del Código Penal (CP); el 13 de junio de 2018, aproximadamente a horas 08:30, en inmediaciones del edificio principal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, fue notificada con una orden de aprehensión del 12 de similar mes y año expedida por Freddy Luna Colque, María Nasli Serrano Cuellar, Samuel Vargas Siles y Erick Gonzalo Aparicio Mendoza, Fiscales de Materia, -ahora demandados-, quienes ordenaron y efectivizaron una ilegal aprehensión.

Agrega que, la orden de aprehensión expedida por los fiscales de materia demandados el 12 de junio de 2018, no se encuentra debidamente motivada e incumple los requisitos establecidos para su procedencia, restringiendo indebidamente su derecho a la libertad física sin observar los presupuestos exigidos por ley.

Por otra parte refiere que, la orden de aprehensión fue dictada fuera del control jurisdiccional, puesto que los Fiscales de Materia hoy demandados, actuaron sin sujetarse a los presupuestos legales previstos por la norma, pues de acuerdo con los antecedentes se advirtió que la orden de aprehensión fue pronunciada y ejecutado, sin que la causa hubiere radicado en el Juzgado de Instrucción Penal, tal como prevé la norma procesal penal.