SENTENCIA CONSTItUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTItUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S1

Fecha: 13-Sep-2018

6 de igual mes y año a horas 15:30

Expuesta la problemática planteada, de los antecedentes cursantes en obrados, este Tribunal advierte que, ante la solicitud de cesación de la detención preventiva presentada por el hoy accionante, la autoridad demandada por proveído de 1 de junio de 2018, señalo dicha audiencia para el 6 de igual mes y año a horas 15:30 y una vez instalada la misma, esta fue suspendida por la falta de las diligencias de notificación; sin embargo, en este actuado procesal el accionante reiteró su solicitud de nuevo señalamiento, pero fue rechazada por la referida Jueza señalando que fue presentada la acusación formal contra los imputados (entre los que se encontraría el ahora impetrante de tutela) y que al amparo de la previsión contenida en el art. 325 del CPP procedería a la remisión del cuaderno procesal ante el Tribunal de Sentencia de Turno, por lo que se advierte de las documentales adjuntas que esa remisión fue realizada el 7 del señalado mes y año a horas 09:30 al Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, en cumplimiento al “decreto de fecha 03 de 01 de Junio de 2018” (sic).

Ahora bien, conforme los lineamientos constitucionales glosados en el  Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, cuando se trata de una solicitud de cesación de la detención preventiva, es viable que el Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver el mismo aún se haya presentado la acusación, siempre y cuando no se tenga radicada la causa en un determinado tribunal de sentencia, como en el presente caso, que a pesar de que la autoridad demandada procedió a la remisión del cuaderno procesal ante el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, no se observa que esa instancia haya procedido a su radicatoria.