SENTENCIA CONSTItUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTItUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2018-S1

Fecha: 13-Sep-2018

a)

María Melina Lima Nina, Jueza Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarta del departamento de La Paz, no compareció a la audiencia; empero, presentó informe escrito de 7 de junio de 2018, cursante a fs. 19, argumentando que: a) Todos sus actos jurisdiccionales están contenidos en los decretos, autos o resoluciones en estricto apego a las normas legales en materia penal, por ello, en calidad de prueba  se remitió todo el cuaderno de control jurisdiccional; b) Indicó al abogado del accionante, que no señalaría la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva porque a primera hora del día siguiente se debía remitir el cuaderno de control jurisdiccional por efecto de la presentación de la acusación  del Ministerio Público al Tribunal de Sentencia Penal correspondiente, petición también formulada por uno de los co-imputados; c) Conforme la norma procedimental penal al existir acusación fiscal se debe remitir en el plazo de veinticuatro horas ante el Tribunal de Sentencia para que se prosiga con el juicio oral público y contradictorio; no por voluntad del accionante se puede perjudicar a los otros co-imputados en esta causa, que como se indicó, solicitaron la remisión del cuaderno procesal, enmarcando sus actos conforme a ley, en apego a los principios de transparencia, celeridad y economía procesal, sin que ello signifique violentar alguna garantía constitucional; y, d) Asimismo informó que su despacho judicial no cuenta con Auxiliar Titular II desde el 13 de abril de 2018, y conforme la carta de denuncia ante el Consejo de la Magistratura, señaló el incumplimiento de las funciones de las auxiliares que fueron delegadas a cumplir en suplencia.