Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2018-S3
Fecha: 26-Sep-2018
III.
El accionante a través de su representante, alega la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso en su elemento de motivación y a la defensa, puesto que dentro del proceso penal que se le sigue, mediante Auto Interlocutorio 553/2017 de 26 de octubre, se dispuso su detención preventiva en base a puras conjeturas, y ante el recurso de apelación planteado contra éste, los Vocales demandados emitieron el Auto de Vista 01/2018 de 10 de enero, sin la debida fundamentación y motivación, ni realizar una valoración integral de los elementos de convicción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. El deber de motivación y valoración integral de los medios probatorios en medidas cautelares en el ámbito del procesamiento indebido
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3. Principio non reformatio in peius (no reforma en perjuicio)
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR