SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Tarija, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03/2018 de 6 de julio, cursante de fs. 42 a 47 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la anulación del Auto Interlocutorio de 29 de diciembre de 2017 y el Auto de Vista 23/2018, debiendo la Jueza Pública Civil y Comercial e Instrucción Penal Primera de Entre Ríos del departamento de Tarija, en el término de veinticuatro horas y sin esperar turno alguno emitir nueva resolución, conforme a los argumentos del presente fallo, valorando las pruebas presentadas en audiencia, ello con base en los siguientes fundamentos: i ) La Jueza a quo, en relación a la probable autoría, omitió valorar la prueba referida a las declaraciones presentadas en audiencia, por cuanto el citado Auto Interlocutorio, pronunciado en esa ocasión no hace referencia a dicha apreciación, tampoco en la imputación formal ésta no fue ofrecida como prueba, argumentación que no se dio por parte de la indicada autoridad; y, ii) Por su parte los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, tampoco consideraron dicha prueba, expresando que no eran nuevos elementos porque eran de fecha anterior a la audiencia de medidas cautelares; razón por la cual, no podían desvirtuar el riesgo de probable autoría, quedando demostrado que evidentemente no fue valorada la prueba extrañada por el ahora accionante ni motivaron su decisión; toda vez que, estaban obligados a demostrar la concurrencia de los requisitos que hacían viable la detención preventiva aplicada en su contra.