SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

III.3. Análisis del caso concreto

En ese sentido, precisada la problemática planteada, es pertinente aclarar que el análisis de la misma se circunscribirá a determinar si el Auto de Vista-23/2018 que ahora se cuestiona, se pronunció respecto a los elementos que según la parte accionante desvirtuaban la probable autoría y el riesgo procesal de fuga -art. 234.10 del CPP; a cuyo efecto resulta necesario efectuar una contrastación entre los hechos denunciados como agravios en el recurso de apelación y lo pronunciado por el Tribunal de alzada; en razón a que corresponde a esa instancia judicial revisar los actuados procesales y la observancia de la normativa procesal penal, por parte de la Jueza a quo, en el marco y el ejercicio de sus facultades y competencias como Tribunal de apelación.

Bajo ese contexto, del acta de audiencia de apelación incidental; ante los Vocales ahora demandados, se tiene que el impetrante de tutela conjuntamente con su abogado defensor, fundamentaron su impugnación aseverando que la Resolución recurrida carece de fundamentación e incongruencia omisiva, por cuanto no consideró ni valoró la prueba acompañada, en la que constataron los motivos por los que le fue impuesta la medida de detención preventiva, con los nuevos elementos de convicción, por el contrario reactivó el riesgo procesal previsto en el art. 234.2 del CPP, cuando éste ya había sido dejado sin efecto, en la audiencia de consideración de medidas cautelares.