SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

II.2.

II.2.    Mediante requerimiento fiscal de 5 de septiembre de 2017, emitido por Hortencia Paniagua Céspedes, Fiscal de Materia, se requirió ampliar las medidas de protección siguientes: 1) Se prohibió a la denunciada Griselda Téllez Rocha, sustraer a la menor AA del domicilio y del colegio sin el consentimiento del padre; 2) La referida menor, por segunda vez queda bajo el cuidado y responsabilidad del progenitor por voluntad de la madre hasta que la autoridad competente lo decida; 3) La denunciada no debe intimidar por ningún medio -vía celular, wasap- al denunciante ni a sus familiares; 4) Se ordena terapia psicológica para ambos progenitores en los centros de la “gobernación”, quienes deberán informar sobre el avance cada quince días; 5) Se ordena a la visitadora social hacer un informe sobre las condiciones en las que vive la referida menor; 6) Se ordena a la madre de la menor AA a presentarse cada quince días a la Fiscalía Especializada para Víctimas de Atención Prioritaria (FEVAP) y a visitar a su hija menor; y, 7) El asignado al caso debe efectuar el correspondiente seguimiento e informar. Asimismo, se señala que en caso de que la denunciada incumpla las medidas de protección, se requerirá de forma inmediata su arresto y aprehensión de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, y será puesta a disposición de la autoridad jurisdiccional solicitando su detención preventiva, y se determina que dichas medidas sean puestas a conocimiento del juez de control jurisdiccional para su homologación (fs. 9).