SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

II.4.

II.4.    Por Resolución de 17 de enero de 2018, los Jueces ahora codemandados, declararon infundado el incidente de actividad procesal defectuosa opuesto por la hoy accionante; advirtiendo que se tenía el plazo de tres días para formular recurso de apelación, de considerarlo pertinente. Señalando en el fondo que, el Ministerio Público, habría cumplido con los requisitos previstos en la norma, “hasta llegar al domicilio real de la imputada siendo el mismo en la Calle Florida N° 543 y no el domicilio Barrio Las Misiones (…), ni el mismo que fue renovado en su cédula de identidad con validez hasta el 2023” -fs. 24 y vta.- (el subrayado es nuestro).