SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2018-S2

Fecha: 28-Sep-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 198/2018 de 20 de julio, cursante de fs. 19 a 21 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) La jurisprudencia constitucional establece que en la acción              de libertad no proceden los desistimientos; dado que, su objeto de tutela son la vida y la libertad; por ello, debe ser considerada a efectos de determinar responsabilidades; ii) No se evidencia vulneración alguna del derecho a la libertad; puesto que, la jurisprudencia constitucional reguló que para la emisión del mandamiento de libertad, previamente deben acatarse las medidas sustitutivas impuestas; en el presente caso, se cumplió con la presentación de garantes, suscribiendo el “Acta de Garante Solvente”, el 17 de julio de 2018; observándose de esta manera con la condición para la aplicación de las medidas sustitutivas; de igual modo, cursa un mandamiento de libertad expedido en igual fecha, suscrito por la autoridad demandada, que se entregó a Guido Wilmer Uruña Quispe, el mismo día; y, iii) Si bien, no se tiene el sello de la Dirección del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, existiendo una omisión por parte de los funcionarios del Juzgado respecto a la remisión de dicho mandamiento de libertad, considerando que pueden ser modificados y además que en su resguardo, los mismos deben ser entregados de manera personal, se evidencia su remisión el 19 del citado mes y año; es decir, con carácter anterior a poner a conocimiento de las autoridades demandadas en la presente acción de libertad.