SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancias del Ministerio Público por la presunta comisión del delito de “…Violación de la Niña Niño y Adolescente…” (sic), le fueron impuestas medidas sustitutivas a la detención preventiva -entre ellas el arraigo y la presentación periódica cada siete días-, cuya modificación solicitó; empero, las autoridades ahora demandadas suspendieron la audiencia de consideración de lo impetrado, de forma reiterada provocándole incertidumbre respecto a su situación procesal. Añadió que una de las suspensiones se efectuó sin fundamento racional alguno, escuetamente alegaron que “…las fotocopias simples de las resoluciones de medidas cautelares no sirven…” (sic), ignorando lo establecido por el Auto Supremo 181/2016-RRC de 8 de marzo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR