SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso, a ser juzgada dentro de un plazo razonable y al acceso a la justicia; puesto que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de “…Violación de la Niña Niño y Adolescente…” (sic), le fueron impuestas medidas sustitutivas -entre ellas el arraigo y la presentación periódica cada siete días- cuya modificación solicitó; empero, las autoridades ahora demandadas suspendieron la audiencia de consideración de lo impetrado, de forma reiterada provocándole incertidumbre respecto a su situación procesal, además que la última suspensión -a su criterio- se efectuó sin fundamento racional alguno, puesto que se alegó escuetamente, que no se contaba con copias legalizadas de las actas de aplicación de medidas cautelares, que permitan la celebración del acto requerido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR