Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 24 de abril de 2017, ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, Leonor Gallardo Vda. de Rivero -ahora accionante-, solicitó audiencia para consideración de modificación de medidas cautelares; mismo que mereció decreto de la fecha precitada, que dispuso la celebración del acto requerido para el 27 de igual mes y año; empero, por memorial de 26 del mencionado mes y año, la impetrante de tutela pidió suspensión de la audiencia señalada, en razón a un viaje que ya tenía programado, adjuntando prueba de lo referido (fs. 21 a 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR