SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
II.6.
II.6. A través del acta de audiencia pública de modificación de las medidas sustitutivas, celebrada el 2 de mayo de 2018, se evidenció que no pudo llevarse a cabo el acto ante la imposibilidad de conformar el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Villa Tunari -que presentaba una acefalía-, pues no obstante a la convocatoria de los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del mencionado departamento, los mismos informaron vía telefónica que no lograron constituirse en la audiencia por la inexistencia de servicio de transporte público desde el 1 del mismo mes y año, a consecuencia del festejo del día del trabajo. Consecuentemente, se suspendió el acto procesal hasta el 5 de julio de igual año. Posteriormente la accionante, solicitó adelanto de la audiencia programada en consideración a su edad y a graves complicaciones de salud (fs. 55 a 56).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR