Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 16 de noviembre de 2017, por la accionante, nuevamente solicitó audiencia para consideración de modificación de medidas cautelares, en razón de su avanzada edad y estado de salud, por lo que se señaló la misma para el 11 de diciembre del año indicado; empero, también fue suspendida, ya que no cursaba el acta correspondiente de aplicación de medidas cautelares (fs. 26 a 28 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR