Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0535/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
únicamente
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0535/2018-S2 de 14 de septiembre de 2018, que confirmó la Resolución 03/2018 de 6 de julio, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Tarija -constituido en Tribunal de garantías- y concedió la tutela impetrada, disponiendo dejar sin efecto únicamente el Auto de Vista 23/2018 de 6 de febrero, debiendo los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitir una nueva resolución.
- Partes: Ramón Jinez Burgos Mendoza
- únicamente
- CONFIRMAR dicha Resolución constitucional
- a)
- 1)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- II.2.
- la SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- II.3. Especial referencia al riesgo procesal de fuga respecto al supuesto de peligro para la víctima y la sociedad
- en los casos de violencia contra niñas o adolescentes mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, al analizar la aplicación de las medidas cautelares, considere
- i)
- cuáles fueron los elementos de convicción y supuestos que determinaron la imposición de la detención preventiva
- II.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- a cualquier elemento probatorio que no hubiera sido considerado
- conceder
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)