AUTO CONSTITUCIONAL 0314/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0314/2019-RCA

Fecha: 15-Oct-2019

a)

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución de 1 de agosto de 2019, cursante a fs. 64, ordenó al accionante subsanar en el plazo de tres días, las observaciones realizadas, bajo advertencia de tenerse por no presentada la acción de amparo constitucional, con las siguientes consideraciones: a) No se identificó, el acto u la omisión que considera como el elemento vulneratorio de sus derechos y garantías constitucionales; precisando la relación de los hechos presuntamente lesivos, en atención del art. 33.4 del CPCo; b) No se estableció, el nexo de causalidad existente entre el citado acto o la omisión presuntamente lesivo y los derechos cuya supresión se alega; c) La pretensión constitucional en relación a la legitimación pasiva no es clara; y, d) La petición debió  estár enmarcada en los alcances previstos por los arts. 33.8 en relación al 57.II del aludido Código.