II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 19 de junio de 2019, dirigido a la Jueza de Instrucción Penal Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, Omar Alcides Mejillones Copana, Fiscal de Materia, subsanó la Resolución de imputación formal respecto a que por error se consignó como víctima a Julia Delia Callejas Laura, la cual no tenía relación con el proceso penal; toda vez que, el informe de acción directa señala que el mismo se inició de oficio, solicitando que se deje sin efecto cualquier notificación, así como la separación de la precitada del proceso penal (fs. 13 y vta.).
- acción de libertad
- PROCEDÍA A RETIRAR
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional en acciones de libertad e inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- Fragmento 11
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso concreto
