SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2019-S3

Fecha: 02-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión del delito de violación, encontrándose con detención preventiva, solicitó cesación de la misma ante la Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra Violencia hacia las Mujeres Tercera de la Capital del departamento de La Paz; sin embargo, en reiteradas oportunidades dicho acto procesal fue suspendido ya que la prenombrada autoridad judicial "…providencialmente se enferma…" (sic), motivando a que en una anterior oportunidad interpusiera una acción de libertad, la cual se instaló el 4 de junio del año en curso -se entiende 2019-, en la que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del aludido departamento, mediante Resolución 104/2019 de 4 de junio le concedió la tutela, ordenando que la mencionada Jueza -ahora demandada-, señale en el plazo de cuarenta y ocho horas audiencia para considerar su solicitud.

Al momento de notificar a la referida autoridad con la alegada Resolución, se enteró que nuevamente pidió permiso por baja médica, quedando en suplencia legal su similar Primero, a cargo del Juez ahora demandado, quien señaló audiencia para considerar su cesación de la detención preventiva para el 7 de junio de 2019 a "…horas 8:30 p.m.…" (sic), haciendo notar a la Secretaria del citado Juzgado sobre el error en la fijación del horario nocturno, la misma que se rehusó a corregirlo; asimismo, cuando sus hermanos diligenciaron las notificaciones con el señalamiento, se hallaron con que dicho Juez no quiso firmar el oficio de conducción, manifestándoles que ese día no se encontraría en su fuente laboral, prolongando una vez más su estado de privación de libertad e incumpliendo la Resolución emitida por la mencionada Sala Constitucional.