SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2019-S3

Fecha: 02-Oct-2019

concedió

El Tribunal de Sentencia Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba,  constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 19 de junio de 2019, cursante de fs. 35 a 38, concedió la tutela impetrada, disponiendo que la Jueza demandada remita antecedentes “…en el plazo de 24 horas (…) al Tribunal de Alzada” (sic), bajo los siguientes fundamentos: i) Conforme a la jurisprudencia constitucional el plazo de veinticuatro horas para la remisión de obrados ante el Tribunal de alzada, podrá ampliarse a tres días, cuando se haya justificado la excesiva carga laboral, las suplencias legales o la cantidad de imputados que existieran; ii) En la presente causa, la referida autoridad no justificó dicha recarga laboral, más aún, admitió la no remisión de obrados a la instancia superior; y, iii) En caso de tomarse en cuenta la flexibilización del plazo, este igual hubiese fenecido, demostrándose de esta manera la dilación en el procedimiento de la apelación incidental.