SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a una justicia plural, pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones; puesto que, dentro del proceso penal iniciado en su contra por la presunta comisión del delito de avasallamiento, al no estar debidamente consignado en la imputación formal el nombre del querellante y/o víctima, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa, resuelto por decreto de 25 de octubre de 2018, refiriendo que “…DEBERÁN ESTAR A LOS ALCANCES DEL ART. 314 PARÁGRAFO I) DEL CPP CON RELACIÓN AL PLAZO PARA INTERPONER INCIDENTES Y/O EXCEPCIONES…” (sic), sin interpretar adecuadamente el referido artículo ni la debida fundamentación y congruencia; por lo que, formuló recurso de reposición; empero, por providencia de 16 de noviembre del citado año, fue declarado no ha lugar, incurriendo en la misma lesión alegada.