SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2019-S3

Fecha: 11-Oct-2019

a)

Solicitó se conceda la tutela, dejando sin efecto: a) La notificación cedularía practicada por Diego Velásquez Ibáñez, el 18 de marzo de 2019; b) Las providencias de 30 de marzo y 25 de junio del precitado año; por el que, no se dio lugar a la devolución de cedulón y se programó la fecha y hora de la audiencia de medidas cautelares; c) El Auto de 8 de julio de ese año, que declaró improcedente el recurso de reposición contra la providencia de 25 de junio de 2019; y, d) Se ordene la notificación personal conforme prevén los arts. “167.1” y 314.I del CPP.

En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para el efecto se analizaran los siguientes temas: a) Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, exige la interposición previa de incidente de nulidad de notificación; y, b) Análisis del caso concreto.