SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2019-S3

Fecha: 21-Oct-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,  mediante Resolución 42/2019 de 17 de junio, cursante de fs. 52 a 55 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que las demandadas, en el plazo de tres días hábiles otorguen respuesta completa, oportuna, clara y fundamentada, a las peticiones formuladas por los accionantes, en base a los siguientes fundamentos: 1) Al no ser respondida la Nota de “27 de marzo” se lesionó el derecho de petición; 2) La explicación que dio Julia Damiana Ramos Sánchez al Tribunal de garantías, debió dárselas a los demandantes de tutela, ya que no le corresponde a la jurisdicción constitucional analizar esa situación, así como tampoco la prueba presentada sobre los trámites que hubiera efectuado, sino solo verificar la falta de respuesta a la Nota mencionada; 3) Irma Gutiérrez Mamani, admitió que por su recargada agenda de viajes y otros compromisos no dio respuesta a la Nota de 16 de mayo de 2019; 4) De acuerdo a las actas de Reelección y Posesión, se tiene que esta última ejerce funciones desde el 8 de junio de 2018; 5) Transcurrió un mes sin que se haya otorgado respuesta por parte de la nueva Ejecutiva de la Federación indicada; y, 6) De nada sirve que señale que colaborará con los accionantes, en todo caso debió contestar en forma oportuna, clara, fundamentada y por escrito a los prenombrados y no dejarles en incertidumbre.