SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
1)
Evelin Karen Calderon Yana, Fiscal de Materia, en audiencia, manifestó lo siguiente: 1) Cursa en el Ministerio Público el caso LPZ1907146 en el que es víctima Luisa Gumersinda Choque Salguero y el sindicado el ahora accionante por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; 2) Este proceso se apertura mediante informe de acción directa presentado en plataforma de la Fiscalía Departamental, el cual señala que el impetrante de tutela se encontraba en calidad de arrestado, como producto de la denuncia de la víctima, el certificado médico forense y su entrevista informativa, lo que explica, la emisión de la citación por una Fiscal de turno, mas allá del principio de unidad que rige el Ministerio Público que sustenta su propio actuar; 3) El abogado se hizo presente en la audiencia de declaración del 26 de junio de 2019; empero no su defendido, razón por la cual se emitió la orden de aprehensión de acuerdo al art. 224 del CPP; no pudiendo ser ejecutada debido a la ausencia del mismo, que jamás compareció a la Fiscalía; y, 4) No es posible argumentar motivos fútiles y bajos en contra de la investigadora para sustentar una acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”
- CONFIRMAR